Mié 24/JULIO/2024

Se acaban de convocar los premios Andalucía de Comercio Interior, que tienen como objeto reconocer a quienes destaquen por su labor a favor del comercio de Andalucía, y asignan una dotación económica de 4.800 € por premio.

Se premian cuatro modalidades:

  • A la innovación y trayectoria empresarial, destinado a galardonar a las empresas en la realización de actuaciones tendentes al desarrollo comercial y empresarial
  • A la buena práctica laboral, dirigido a las empresas que destaquen por haber implementado medidas que mejoren las condiciones laborales de las personas trabajadoras
  • A los Centros Comerciales Abiertos y otras formas de cooperación empresarial en el comercio andaluz, en reconocimiento del asociacionismo comercial orientado a la promoción y dinamización del comercio urbano de proximidad y a las iniciativas colectivas empresariales
  • A las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Andalucía, con el objetivo de reconocer la labor que realizan para la mejora de la promoción, la dinamización y la modernización del comercio, en todos sus formatos

Candidaturas.

1.De acuerdo con el artículo 4 de la Orden de 28 de mayo de 2024, las candidaturas se presentarán por las personas o entidades interesadas. Según la modalidad de premio a la que se concurra, podrán ser candidatas las siguientes personas y entidades:

a) Al Premio del Comercio Interior de Andalucía a la innovación y trayectoria empresarial y al Premio del Comercio Interior de Andalucía a la buena práctica laboral se podrán presentar las empresas que desarrollen su actividad comercial en Andalucía y dicha actividad esté incluida en alguno de los siguientes epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas:

1º. Agrupación 61: Comercio al por mayor. Se exceptúan los Grupos 612.6: Comercio al por mayor de bebidas y tabaco, únicamente en lo referente al tabaco; 614.1: Comercio al por mayor de productos farmacéuticos y medicamentos; 615.1: Comercio al por mayor de vehículos, motocicletas, bicicletas y sus accesorios; 616: Comercio al por mayor interindustrial de la minería y la química; 617.5: Comercio al por mayor de maquinaría para la madera y el metal; 617.6: Comercio al por mayor de maquinaria agrícola y 617.7: Comercio al por mayor de maquinaria textil.

2º. Agrupación 64: Comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y tabaco realizado en establecimientos permanentes. Se exceptúa el Grupo 646: Comercio al por menor de labores del tabaco y de artículos de fumador.

3º. Agrupación 65: Comercio al por menor de productos industriales no alimenticios realizado en establecimientos permanentes. Se exceptúan los Grupos 652.1: Farmacias: Comercio al por menor de medicamentos, productos sanitarios y de higiene personal; 654: Comercio al por menor de vehículos terrestres, aeronaves y embarcaciones y de maquinaria, accesorios y piezas de recambio y 655: Comercio al por menor de combustibles, carburantes y lubricantes.

4º. Agrupación 66: Comercio mixto o integrado; comercio al por menor fuera de un establecimiento comercial permanente (ambulancia, mercadillos y mercados ocasionales o periódicos); comercio en régimen de expositores en depósito y mediante aparatos automáticos; comercio al por menor por correo y catálogo de productos diversos. Se exceptúan los Grupos 664: Comercio en régimen de expositores en depósitos y mediante aparatos automáticos y 665: Comercio al por menor por correo o por catálogo de productos diversos.

b) Al Premio del Comercio Interior de Andalucía a los Centros Comerciales Abiertos y otras formas de cooperación empresarial en el comercio andaluz, se podrán presentar las entidades promotoras de centros comerciales abiertos que cuenten con el reconocimiento oficial que otorga la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, de acuerdo con la normativa que regule el procedimiento para la obtención del reconocimiento como Centro Comercial Abierto de Andalucía, así como cualquier entidad asociativa empresarial del sector comercial andaluz, ya sea de carácter local, provincial o regional que se encuentre inscrita en el Registro Oficial correspondiente con anterioridad a la publicación de la presente Resolución de convocatoria y cuyo objeto principal sea la actividad comercial.

c) Al Premio del Comercio Interior de Andalucía a las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Andalucía: los ayuntamientos, diputaciones provinciales, mancomunidades de municipios, entidades locales autónomas, consorcios y áreas metropolitanas. En el caso de candidaturas presentadas por ayuntamientos, estos deberán contar con ordenanza municipal reguladora del comercio ambulante en el municipio, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia y adecuada al Informe favorable del Consejo Andaluz de Comercio. En el caso de las candidaturas presentadas por el resto de entidades locales, deberán contar con las citadas ordenanzas adecuadas, al menos, el 50% de los ayuntamientos implicados en el proyecto.

Más información, criterios de valoración y acceso a la presentación de candidaturas

https://www.juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25657.html

https://www.juntadeandalucia.es/organismos/empleoempresaytrabajoautonomo/servicios/procedimientos/detalle/14165.html

Bases reguladoras: Orden de 28 de mayo de 2024

https://www.juntadeandalucia.es/eboja/2024/106/BOJA24-106-00016-45754-01_00302702.pdf

Ver texto de la convocatoria

https://www.juntadeandalucia.es/eboja/2024/142/BOJA24-142-00015-48417-01_00305365.pdf